martes, 22 de septiembre de 2015

EL AYUNTAMIENTO ES CONDENADO AL PAGO DE 80.000 EUROS POR EL ALQUILER DE DOS LOCALES POR PARTE DEL GOBIERNO ANTERIOR.

El nuevo equipo de gobierno pedirá responsabilidades por este hecho. Uno de los dos locales no se llegó a utilizar nunca. La edición del Diario de Sevilla de hoy califica de "claro ejemplo de desidia en la gestión municipal" este caso.

 Fuente: Diario de Sevilla

 El Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación ha sido condenado a pagar 75.000 euros al dueño de dos locales que alquiló en la calle Larga del municipio, según los contratos firmados en 2009 y 2010, una cantidad que se ha acumulado, sobre todo, porque no sacó enseres ni entregó en tiempo y forma las llaves al propietario, al que se da la razón y que ha podido acreditar numerosos requerimientos que hizo sin obtener respuesta del anterior gobierno local, del PP.

En la sentencia del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Sanlúcar, que se notificó el 1 de septiembre, se condena al Ayuntamiento a abonar las costas. El nuevo gobierno, que preside el alcalde Fernando Soriano (IU), ha anunciado que exigirá ahora "responsabilidades patrimoniales" a los ediles del PP que, con su acción u omisión, han propiciado la condena y perjudicado el interés general.

Es "inadmisible -destaca el equipo de IU y el PSOE- que ni siquiera contestaran a esos escritos" y recuerdan que los cerca de 80.000 euros que, con las costas, tendrán que salir de las arcas públicas por unos locales, que la mayor parte del tiempo ni siquiera han tenido uso, retrasarán o imposibilitarán otros proyectos. El fallo hace referencia a un local que se alquiló en diciembre de 2009, en el número 72 de la calle Larga, por dos años, prorrogables a cuatro, y una renta anual de 9.000 euros, para destinarse a Casa de la Juventud.

En el juicio, los representantes del Ayuntamiento defendieron que denunciaron el contrato en tiempo y forma antes de 2011, pero, por contra, quedó acreditado que entre febrero de 2012 y octubre de 2013 se cedió a una peña flamenca. Al juez le "sorprende que tratándose de una persona jurídica que gestiona intereses públicos y sometido a las formalidades propias de un ente público no documentara la entrega de las llaves del local al propietario" y pone el acento en el que los responsables municipales, pese a que afirmaban haber entregado las llaves, no le hicieran firmar algún tipo de recibí, como sí ocurrió con la cesión a la Peña Flamenca. Por este contrato el Consistorio debe pagar más de 19.500 euros, entre las anualidades del alquiler de 2012 y 2013 que no abonó y los gastos de suministro de esos años.

 En cuanto al segundo local, en la calle Larga 74 que el propietario cedió a cambio de que se abonaran los suministros de luz y agua, la condena obliga al Ayuntamiento a pagar más de 55.300 euros, porque el contrato -el gobierno defendió que no era tal, sino un anexo del anterior- recogía que si no se devolvía en nueve meses se abonarían 60 euros por cada día de demora. En la sentencia se destacan las contradicciones del Ayuntamiento: "Resulta llamativo que reconozca el uso del local para luego negarlo, lo que resta credibilidad a lo manifestado" y citan acuerdos de la propia junta de gobierno local en los que, en diciembre de 2013, se reconocía que "se ha hecho uso y disposición de los locales expuestos hasta octubre de 2012", a ello se unen las "continuas reclamaciones y requerimientos" del dueño hasta 2014 para que se le devuelvan las llaves, "sin que el Consistorio haya podido presentar ninguna en la que se confirme la entrega".

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